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title: "Histórico: a 32 años del atentado a la AMIA, Casación avaló el juicio en ausencia"
article_type: "NewsArticle"
description: "La Justicia declaró la constitucionalidad de la Ley 27.784 y habilitó un procedimiento inédito en el país. El fallo permitirá avanzar con el debate oral contra los imputados que permanecen prófugos desde 1994."
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date_published: "2026-09-21T22:00:00-03:00"
date_modified: "2026-09-21T22:01:50-03:00"
tags:
  - "AMIA"
  - "Atentado"
  - "Cámara de Casación"
  - "Justicia Federal"
category_name: "Política"
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# Histórico: a 32 años del atentado a la AMIA, Casación avaló el juicio en ausencia

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En un fallo sin precedentes en la historia judicial argentina, la **Cámara Federal de Casación Penal** habilitó la realización del juicio en ausencia para los acusados por el atentado contra la sede de la **Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA)**. A 32 años del ataque terrorista perpetrado el 18 de julio de 1994, que dejó un saldo de 85 muertos y 151 heridos, el tribunal rechazó los planteos de inconstitucionalidad interpuestos por la defensa y despejó el camino para el inicio del debate oral.

La resolución se apoya en la **Ley 27.784**, sancionada en 2025, la cual autoriza el juzgamiento en ausencia para delitos de lesa humanidad y crímenes contemplados en tratados internacionales contra el terrorismo, específicamente cuando los imputados se sustraen de manera deliberada del proceso judicial. Pese a las alertas de captura internacional vigentes (INTERPOL), los principales acusados permanecen fuera del país hace más de tres décadas.

El fallo fue dictado por los camaristas **Ángela Ledesma, Diego Barroetaveña y Carlos Mahiques**, quienes argumentaron que *"existieron múltiples mecanismos de notificación y difusión internacional que permitieron inferir el conocimiento del proceso por parte de los imputados"*. Los magistrados desestimaron el planteo del defensor oficial, Enrique Comellas, quien cuestionaba una supuesta restricción al derecho de defensa y la imposibilidad de acceder a un nuevo juicio en caso de que los prófugos se presentaran tras una eventual condena.

Para Casación, el argumento de la defensa resultó hipotético, ya que depende de hechos inciertos que aún no ocurrieron, y remarcaron que el Estado tiene la obligación de priorizar a los damnificados: *"El derecho de las víctimas a conocer la verdad no se trata solamente del deber del Estado argentino de cumplir con sus obligaciones internacionales, sino de una cuestión de estricta justicia"*.

La medida había sido fuertemente respaldada por el fiscal general **Raúl Pleé**, quien sostuvo que la restricción al derecho de defensa deriva de la propia conducta de incomparecencia de los acusados. En la misma sintonía se pronunciaron las querellas representadas por la AMIA, la **DAIA** y los familiares de las víctimas, celebrando la viabilidad de continuar el proceso garantizando una defensa técnica efectiva.

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