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title: "Multaron a un ginecólogo por usar lentes con cámara durante una consulta"
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description: "El profesional deberá pagar $900.000 tras la denuncia de una paciente por invasión a la intimidad y violencia verbal."
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date_published: "2026-11-04T22:43:00-03:00"
date_modified: "2026-11-04T22:44:45-03:00"
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# Multaron a un ginecólogo por usar lentes con cámara durante una consulta

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La Justicia de Córdoba emitió un fallo ejemplar al sancionar a un médico ginecólogo con una multa de **$900.000** y la obligación de realizar una capacitación en género, tras ser denunciado por atender a una paciente utilizando anteojos inteligentes con cámara integrada sin su consentimiento. El hecho ocurrió durante un examen ginecológico y estuvo acompañado además por comentarios inapropiados y tratos descalificadores por parte del profesional.

### El episodio y la denuncia por maltrato

El hecho tuvo lugar el 23 de febrero de este año, cuando la paciente acudió al consultorio médico para asesorarse sobre un procedimiento de crioconservación de óvulos. En medio de la atención, el profesional le ofreció realizarle una ecografía transvaginal portando anteojos **Ray-Ban Meta**, dispositivos tecnológicos equipados con lentes y funciones para capturar fotografías y grabar videos.

A la invasión de la privacidad se sumó la denuncia por maltrato verbal e interactivo. La paciente expuso ante las autoridades judiciales que el médico le brindó un trato inadecuado, dirigiéndose a ella con términos como **"nena" y "nenita"**, e incurriendo en frases desubicadas durante el procedimiento médico.

### La fundamentación del fallo judicial

El caso fue tramitado en el **Juzgado de Control y Faltas N° 7**, a cargo del juez **José Milton Peralta**, quien revocó la absolución previa emitida por la Unidad Contravencional de Género. Pese a que las pericias técnicas realizadas sobre el teléfono celular del médico no arrojaron archivos almacenados de la consulta y las limitaciones del equipo impidieron extraer datos de los lentes, el magistrado fue contundente en su apreciación.

El juez determinó que el uso de dispositivos con capacidad de registro audiovisual durante una práctica médica de carácter íntimo, sin la correspondiente advertencia previa, vulnera de forma directa el derecho a la intimidad y genera un profundo estado de indefensión en la paciente. Por tal motivo, encuadró el accionar del profesional como una falta grave y maltrato agravado por razones de género, ordenando su formación obligatoria en el **Centro Integral de Varones de Córdoba**.

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