Financiamiento universitario: la Justicia habilitó otra apelación del Gobierno

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal permitirá revisar la continuidad de la ejecución de la cautelar que exige actualizar los salarios universitarios y garantizar fondos para becas. La decisión no define si la medida sigue vigente ni si el Estado la cumplió. 
20 de octubre de 2026Nico VediaNico Vedia

milei-2339399El Gobierno nacional obtuvo un nuevo aval judicial para discutir aspectos de la causa por la Ley de Financiamiento Universitario. La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal habilitó una apelación contra la decisión de mantener abierto el proceso de ejecución de una medida cautelar que exige actualizar los salarios docentes y no docentes y garantizar los recursos destinados a las becas estudiantiles.

La resolución permite que el Estado cuestione una decisión del juez Martín Cormick, quien había rechazado el recurso en primera instancia. Sin embargo, los camaristas aclararon que la admisión de la apelación no implica definir si la cautelar fue cumplida ni si continúa vigente.

La controversia incluye dos decisiones judiciales relacionadas con la aplicación de la medida. Una corresponde a la continuidad de su ejecución y la otra, a la intimación al Gobierno para que la cumpla bajo apercibimiento de multas diarias, cuya aplicación quedó suspendida de manera provisoria el 15 de octubre.

Qué cuestiona el Gobierno nacional

La nueva apelación se originó en una resolución del 9 de octubre, cuando Cormick dispuso elevar a la Cámara el expediente principal, en el que ya había dictado una sentencia de primera instancia, pero resolvió continuar por separado el trámite para ejecutar la cautelar.

El Gobierno apeló esa última decisión, aunque el magistrado rechazó el recurso el 14 de octubre. Frente a esa negativa, el Ministerio de Capital Humano y la Secretaría de Educación presentaron una queja ante la Cámara, que finalmente habilitó la revisión.

En su planteo, el Estado sostuvo que ya había cumplido íntegramente con la medida cautelar y argumentó que esta tenía un límite temporal que, según su interpretación, ya había vencido. Por ese motivo, cuestionó que continuara abierto el procedimiento de ejecución.

También advirtió sobre la posibilidad de recibir sanciones económicas si no cumplía con la intimación judicial dentro del plazo establecido. Según su presentación, esa situación podía derivar en multas pese a que, a su entender, no existía una liquidación concreta de las sumas reclamadas.

La Cámara consideró que el rechazo de la apelación podía ocasionar un “gravamen irreparable” al Estado y, por ese motivo, habilitó la revisión de la decisión.

Las multas al Gobierno siguen en discusión

La resolución se suma a otra decisión adoptada el 15 de octubre, cuando la misma Sala III aceptó una queja del Gobierno y dispuso que se tramitara con efecto suspensivo la apelación contra las multas de $100.000 diarios impuestas al jefe de Gabinete, Diego Santilli.

Esa medida dejó en suspenso la aplicación de las sanciones mientras avanza el recurso judicial. No obstante, tampoco resolvió la controversia de fondo sobre el cumplimiento de la cautelar.

Con la nueva resolución, el Gobierno podrá discutir ante la Cámara la continuidad del procedimiento de ejecución. La cuestión sobre la vigencia de la medida y su eventual cumplimiento deberá resolverse en las instancias correspondientes.

El origen del conflicto por la ley universitaria

La causa fue iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional contra el decreto 759/2025, que condicionó la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario a que el Congreso identificara las fuentes de los recursos necesarios para implementarla.

El 6 de octubre, el juez Cormick declaró inconstitucional esa condición y ordenó aplicar la norma. El Gobierno apeló la sentencia, que continúa su trámite en el expediente principal.

Por su parte, la medida cautelar en discusión establece la actualización de los salarios del personal docente y no docente de las universidades públicas y la garantía de los fondos para las becas estudiantiles, conforme a los parámetros previstos en la ley.

La nueva intervención de la Cámara abre otra instancia de discusión judicial, pero no modifica por sí misma las obligaciones establecidas en la cautelar ni determina si el Estado cumplió con ellas.