Ley de Tierras: la Corte acelera plazos y queda a las puertas de un nuevo fallo

El máximo tribunal redujo a 24 horas el término para confirmar la incorporación de los conjueces Barroetaveña y Pérez Curci. El expediente tramita una medida cautelar que podría reponer el límite a la venta de campos a extranjeros.
Política08 de octubre de 2026

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación aceleró los plazos procesales para resolver un planteo de fondo contra la derogación de la Ley de Tierras (Ley 26.737), dispuesta en el artículo 154 del DNU 70/23 firmado por el presidente Javier Milei. Mediante una resolución dictada este miércoles, el tribunal redujo de 72 a apenas 24 horas el plazo para consentir la incorporación de los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, disponiendo además la habilitación de días y horas inhábiles en atención a las "particulares circunstancias de la causa".

La premura adoptada por el alto tribunal responde a que la causa tiene pendiente una medida cautelar que, de prosperar, restablecería de forma inmediata las restricciones a la compra de tierras rurales por parte de personas y corporaciones extranjeras, dejando en suspenso la desregulación dispuesta por el Poder Ejecutivo.

Desempate con conjueces: Casación Penal y la Cámara de Mendoza

La intervención de magistrados externos se precipitó luego de que los tres ministros titulares del cuerpo —Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti— no alcanzaran una mayoría de votos para definir el criterio procesal del expediente:

  • Diego Barroetaveña: presidente de la Cámara Federal de Casación Penal.

  • Juan Ignacio Pérez Curci: presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza.

  • Integración inmediata: habiendo ambos magistrados aceptado formalmente el cargo, las partes contarán con un día hábil para plantear recusaciones o cuestionamientos antes de que el tribunal quede plenamente facultado para emitir sentencia.

La distinción procesal frente al rechazo al CECIM

El amparo fue promovido por la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon, junto a la legisladora rionegrina Magdalena Odarda. El expediente había quedado inicialmente emparentado con el amparo impulsado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), que fue desestimado la semana pasada por la propia Corte.

Sin embargo, los demandantes marcaron una línea divisoria técnica respecto a aquel precedente:

  • La objeción del fallo CECIM: el máximo tribunal no se pronunció sobre la validez constitucional del DNU, sino que rechazó la acción al considerar que los excombatientes carecían de legitimación activa colectiva en materia de soberanía territorial.

  • El nuevo estándar de Árbol de Pie: las comunidades originarias y la ONG ambientalista acreditaron títulos de legitimación propios y diferenciados, enfocados en la protección del medio ambiente, la preservación de la biodiversidad y la posesión ancestral de territorios comunitarios, derechos tutelados de forma expresa en el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional.

El impacto sobre el mercado inmobiliario rural

La definición que adopte la Corte con su integración ampliada definirá la estabilidad jurídica del sector agropecuario y de inversiones inmobiliarias. Si se otorga la tutela cautelar reclamada, volverá a regir el tope del 15% a la extranjerización de tierras rurales a nivel nacional y departamental, así como la prohibición de enajenar predios que contengan cuerpos de agua permanentes o se ubiquen en zonas de frontera, reabriendo una disputa política y económica de alto calibre entre la Casa Rosada y los tribunales federales.

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