Vialidad Nacional abrió una nueva etapa de retiros voluntarios: quiénes pueden acceder
Nico Vedia

El Gobierno nacional puso en marcha una nueva etapa del Sistema de Retiro Voluntario de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV), destinado a trabajadores de planta permanente y agentes contratados por tiempo indeterminado que cumplan con determinados requisitos.
La medida fue establecida mediante la Resolución 1220/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, y da continuidad al proceso iniciado con la Resolución 118/2026. En la primera etapa se habían registrado 609 adhesiones, frente a las 900 que habían sido estimadas inicialmente.
Según los fundamentos de la normativa, el objetivo es continuar adecuando la dotación de personal del organismo en el marco de las políticas de reforma del Estado. El Gobierno sostuvo que el mecanismo apunta a mejorar el funcionamiento operativo y el uso de los recursos públicos, además de adecuar la cantidad de trabajadores a las necesidades de Vialidad Nacional.


Quiénes pueden acceder
Podrán adherirse al nuevo régimen los trabajadores de la DNV que pertenezcan a la planta permanente o estén contratados por tiempo indeterminado, siempre que tengan más de un año de antigüedad.
Sin embargo, el régimen contempla una serie de situaciones que impiden acceder al beneficio.
Quedan excluidos quienes estén procesados o condenados por delitos contra la administración pública, se encuentren involucrados en procedimientos disciplinarios, hayan iniciado el trámite jubilatorio o presentado su renuncia.
También quedan fuera quienes mantengan litigios laborales pendientes, salvo que desistan expresamente de esas acciones, además de quienes estén alcanzados por otras restricciones previstas en la normativa.
En el caso de los trabajadores que tengan mandatos sindicales vigentes, deberán renunciar al cargo y a la tutela sindical para poder adherir al sistema.
Quienes sean aceptados deberán firmar un acuerdo de desvinculación y quedarán impedidos de volver a ingresar o prestar servicios en el Estado Nacional durante cinco años.
Cómo se calcula el retiro voluntario
La normativa establece distintas alternativas para determinar el monto de la gratificación extraordinaria de egreso. Como base se tomará el haber bruto remunerativo correspondiente al mes anterior a la entrada en vigencia del reglamento.
La primera opción contempla el pago del 90% de un haber de egreso por cada año de antigüedad, o fracción superior a tres meses, con un máximo computable de 24 años.
La segunda alternativa establece un 85% por cada año de antigüedad, también con un límite de 24 años, más una suma denominada “cobertura asistencial”, equivalente a 12 meses de aportes y contribuciones de obra social, calculados sobre el 9% del salario del mes anterior al cese.
Existe además una tercera modalidad destinada exclusivamente al personal de 64 años o más que todavía no reúna los aportes necesarios para jubilarse. En esos casos se aplicará el cálculo de la primera opción, aunque con un máximo de 12 años de antigüedad computable.
El beneficio será independiente de la liquidación final correspondiente al cese laboral, que incluirá los conceptos que correspondan por el proporcional del Sueldo Anual Complementario (SAC) y las vacaciones no gozadas.
En cuántas cuotas se pagará
La cantidad de cuotas dependerá del monto total de la gratificación extraordinaria.
- Hasta $10 millones: un único pago.
- Más de $10 millones y menos de $20 millones: tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
- Entre $20 millones y $30 millones: cinco cuotas mensuales.
- Más de $30 millones: ocho cuotas mensuales.
La primera cuota, o el pago único cuando corresponda, será depositada en la cuenta sueldo del trabajador dentro del quinto día hábil administrativo del mes siguiente a la firma del acuerdo de desvinculación.



